miércoles, 24 de marzo de 2010

La ventana indiscreta de Hitchock con vistas a la Audencia Nacional.


En los tiempos que corren parece una auténtica OSADÍA hablar de la imparcialidad como nutriente básico de nuestros órganos judiciales, y es que, a pesar de ser el requisito esencial de estos supremos conocedores del Derecho, a veces parece que la llevan en un bolsillo, y no empapando su toga.
Hace unos días, nos sorprendían unas escuchas realizadas en prisión a unos abogados, cuya legalidad fue amparada en la supuesta relación de éstos con delitos de estafa, blanqueo de capitales etc.
Pues bien, con este post sólo pretendo hacer pensar por un segundo en el desacierto que con base exclusivamente en la LEY, esta determinación tomada por un Magistrado de la A.N. que todos conocemos comporta.
Para ello citaré exclusivamente dos artículos, lo demás lo dejó a vuestra libre interpretación.
Del art. 51.2 de la L.O.G.Penitenciaria se deriva claramente que NO será licita la autorización para las escuchas en prisión que sean de los internos con el abogado defensor o con el abogado expresamente llamado en relación con asuntos penales y con los procuradores que lo representen que no podrán ser suspendidas o intervenidas salvo por orden de la autoridad judicial y en los supuestos de terrorismo.
Mayor sorpresa encuentro cuando el Magistrado anteriormente citado estableció en Autos que estas escuchas se fundamentaban procesalmente en el artículo 579 de la L.E.Crim ¿De verdad os habéis leído este artículo íntegramente?
Sin duda una situación dantesca desde la perspectiva de cualquier letrado que se precie.
Por suerte, todavía existe en España el tecnicismo y buen hacer de los Tribunales Superiores de Justicia, a los que podemos someter asuntos de esta envergadura, y que además hay que decir sus resoluciones gozan de una exquisita prudencia en la mayoría de los casos.
Os dejo un interesante link que en resumen viene a decir que tras las querellas interpuestas por el ICAM y CGAE , el grueso de estas escuchas son finalmente anuladas por el TSJ de Madrid.


http://www.elpais.com/articulo/espana/Tribunal/Madrid/anula/grueso/escuchas/carcel/caso/Gurtel/elpepiesp/20100324elpepinac_2/Tes

http://www.elmundo.es/elmundo/2010/03/24/espana/1269424925.html

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